ANP: Fallos judiciales pretenden imponer mordaza |
La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) ve con extrema preocupación sentencias judiciales como la dictada por el 42 Juzgado Penal de Lima contra el periodista Rafael León Rodríguez.
En el país no existe delito de opinión –tal cual prescribe el artículo 2, inciso 3) de la Constitución Política del Estado- Por ello es inaudito que la jueza Susan Coronado Zegarra estime que críticas vertidas en una columna configuren delito de difamación. Esto con el agravante que someter al periodista a un régimen de conducta por un año, reservándose la lectura del fallo, constituye una amenaza velada para impedir que el sentenciado se refiera a la querellante o al proceso en sí.
Igual inquietud genera en el gremio la sentencia dictada contra el periodista Fernando Valencia Osorio, exdirector deDiario 16, quien fue condenado a 20 meses de prisión suspendida y el pago de una reparación civil de 100 mil nuevo soles a favor del querellante, expresidente Alan García Pérez.
Para la ANP los casos de León Rodríguez y Valencia Osorio no hacen más que poner sobre la mesa una de las más serias amenazas con las que vienen confrontando, con mayor intensidad desde más de dos décadas, la prensa independiente en provincias. El caso más emblemático es el de la periodista Esther Valenzuela Zorrilla, directora de radio Estación Wari y exdirectora del diario La Calle, en Ayacucho, quien en cinco años fue objeto de nueve querellas por difamación, todas ellas motivadas en las denuncias periodísticas que involucraban a autoridades de la región en casos de malversación de fondos y peculado.
En el 2011, la carcelería efectiva que tuvo que afrontar el periodista pucallpino Paul Garay Ramírez, condenado a 18 meses de prisión, por una querella que entabló en su contra el Fiscal provincial de Coronel Portillo, testimonió que el Perú es un país en el que un periodista puede acabar en la cárcel a causa de sus opiniones.
La ANP ve, además, con extrema preocupación que, a pesar de los excesos de los que se tiene registro, el pleno delCongreso no muestre voluntad de despenalizar los denominados delitos de prensa. Por el contrario, con alarma constatamos que existe una propuesta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Legislativo, para elevar las penas de carcelería en el caso de difamación a cinco años (prisión efectiva). Es decir, cero voluntad de enmienda y mayor coacción a través de una figura penal que en las últimas décadas se utiliza fundamentalmente para silenciar la crítica.
Para la ANP indefectiblemente el uso de la sanción penal en este tipo de casos propicia un clima de autocensura. Ello está testimoniado por los 100 casos de querellas contra periodistas registradas en el país en los últimos seis años (2010: 12 casos, 2011: 13 casos, 2012: 22 casos, 2013: 18 casos, 2014: 15 casos, 2015: 10 casos y en lo que va del 2016 otros 10 casos).
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